Medidas para garantizar la neutralidad religiosa de las instituciones y servicios públicos del Estado.
14 DE FEBRERO DE 2007
El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: La verdad es que no es nuevo el intento de Esquerra Republicana de Cataluña, también de Izquierda Unida, y efectivamente del Partido Socialista, aunque de una manera más solapada, de ir por la vía de una política de hechos consumados transformando, en mi opinión, en una auténtica mutación constitucional, el Estado aconfesional cooperativo definido en nuestra Constitución en un Estado laico. Entiéndase Estado laico, laicista, porque aquí jugamos con las diversas acepciones que la palabra laico tiene: laico como contrapuesto a religioso o persona consagrada y eso lo somos todos los que estamos aquí, pero ya sabemos que en el debate público, en el debate político un Estado laico es un Estado laicista, es decir, el que niega toda relevancia pública al hecho religioso. De hecho, como todos sabemos, en la historia de las relaciones, en el derecho y en la praxis comparada de las relaciones Iglesia-Estado, si se quiere como unidad religiosa o eclesiástica, como comunidad civil o comunidad política, existen básicamente tres modelos que dan lugar, a su vez, a tres diversos Estados: el Estado confesional, el Estado aconfesional que no anticonfesional, y el Estado laico o laicista, y además los tres son compatibles con la democracia, porque en la Unión Europea tenemos esos tres modelos en Estados que pertenecen a la Unión Europea, y que por la propia naturaleza de la Unión Europea han de ser Estados democráticos. Grecia es un estado confesional, y la Iglesia ortodoxa es la iglesia oficial. No digamos en el Reino Unido, donde la reina de Inglaterra es la cabeza de la Iglesia anglicana. y las monarquías nórdicas, que son democracias, son Estados confesionales y las iglesias luteranas calvinistas son las iglesias oficiales de esos Estados. Por tanto, no intentemos descubrir nuevos mediterráneos, que el que existe lo tenemos muy cerquita. Desde el punto de vista del Estado laico, laicista, la República Francesa sería un poco el paradigma, que todos sabemos que a ustedes les gusta mucho ese modelo de relación, y me parece legítimo, pero no es el definido en nuestra Constitución. Discutir eso es atentar a la inteligencia de todos los que estamos aquí. También a la del señor Llamazares, que me dice que no con la cabeza. Váyase a los diarios de sesiones de las constituyentes, amigo Llamazares, y verá cómo las posiciones que defendía, por ejemplo el señor Peces- Barba, con otros ponentes constitucionales, en este sentido eran muy claras, y que al final, como fruto de ese consenso, de la Constitución del consenso que fue la de 1978 -y no fueron constituciones del consenso otras anteriores, ya que la Constitución de la República fue claramente una constitución absolutamente laica, laicista-, en el hecho religioso, que había dado lugar a tantas controversias y divisiones en el pasado en nuestro país, ese consenso se manifestó de una manera muy ejemplar, en mi opinión, con la definición del artículo 16, complementado con el artículo 27 -y no quiero hacer un turno de alusiones con el presidente, porque sabe mucha historia de aquellos debates y aquellos consensos-, que define al Estado español como un Estado aconfesional, y a continuación introduce la noción de cooperación, donde dice que, no obstante, teniendo en cuenta el Estado, los poderes públicos las confesiones y creencias religiosas históricas tradicionales de la mayoría de la sociedad española, adoptará los acuerdos adecuados y convenientes de cooperación con la Iglesia católica, a la que cita expresamente, y aquellas otras confesiones religiosas que en función de las convicciones de los españoles sea preciso hacer.
Para atender eso tenemos, entre otras cosas, instrumentos como el Centro de Investigaciones Sociológicas que mes a mes, además de otros muchos centros, va analizando cuáles son las convicciones y creencias religiosas de los españoles, de acuerdo con la autodefinición que a sí mismos se dan los españoles en cuanto a esa cuestión. Yo tengo aquí el último barómetro del CIS, y saben ustedes que lo hace mes a mes. Por tanto, tenemos una serie histórica estadística muy larga, en la que hay una pregunta recurrente: ¿Cómo se define usted en materia religiosa? Católico, creyente de otra religión, no creyente o ateo. Pues, mire usted, las cosas son como son, comprendo que a lo mejor no les guste, pero en torno al 80 por ciento de los españoles mayores de 18 años, mes tras mes, punto arriba, punto abajo, como saben todos ustedes, se definen a sí mismos católicos; creyentes de otras religiones: un 1,5 por ciento, lo que puede confirmar el tópico de que en España los españoles o son católicos o no creen en nada; el 30 por ciento restante se define no creyentes o ateos. Esta es la realidad. Y si aplicáramos el principio democrático, que no veo por qué en este ámbito debería de quedar excluido, si los ciudadanos españoles en este ámbito se definen a sí mismos, mes tras mes, año tras año, en un 80 por ciento como creyentes de una determinada religión, de una determinada fe, parece que eso tiene alguna relevancia pública y que los poderes públicos de ese Estado han de tener en cuenta esa realidad, aunque solo fuera por un mínimo respeto al principio democrático de los deseos manifestados reiteradamente por una abrumadora mayoría social de los ciudadanos españoles. ¿Qué hay pocos budistas? ¡Qué le vamos a hacer! ¡Bendito sea Dios! El día que haya un 80 por ciento de budistas, me imagino que en la Constitución aparecerá de manera explícita esa referencia, y habrá acuerdos; incluso sería obligatorio y de sentido común hacerlos.
Me parece muy bien lo que decía el señor Mardones. No me imagino la Semana Santa, en la circunscripción por la que es diputado desde hace muchos años la señoría que nos preside, sin las cofradías, sin las hermandades. No sé el laicismo cómo se compadece con esa explosión del hecho religioso, cultural, tradicional, con esas manifestaciones de piedad popular. Intentar construir artificialmente una sociedad, en una auténtica maniobra de ingeniería social, al margen de las convicciones, de las creencias, de las tradiciones, en la historia ha dado muy mal resultado. Igual que la ingeniería genética es una cosa poco recomendable, y un servidor es ingeniero industrial, la ingeniería social también en su dimensión religiosa es poco recomendable. Intentar construir una sociedad a su antojo, a gusto de una exigua minoría, privándoles de su libertad, de una libertad fundamental, como es la libertad religiosa, que es expresión muy importante de la libertad de conciencia que, a su vez, ontológicamente pertenece a la categoría de la naturaleza humana, es muy peligroso.
Yo les recomendaría que no siguieran por ese terreno. Porque escuchar a mi amigo Tarda -perdón, su señoría Tarda- ... (El señor Tarda i Coma: Amigo, amigo.) Por supuesto, pero el protocolo nos exige dejar formalmente la amistad a un lado y hacer referencia a su condición de diputado, aunque son compatibles. Es diputado, es de Esquerra Republica y es amigo mío. Decía que escucharle hablar de privilegios económicos y fiscales, cuando el Gobierno acaba de firmar con la Iglesia católica, con la Conferencia Episcopal española, una renovación de los acuerdos en materia de tipo económico, complementando y reformando los acuerdos del Estado Español y la Santa Sede del año 1979, es un tanto sorprendente. No teoricemos en este momento, no hay tiempo para teorizar acerca de lo que es privilegio y de lo que es discriminación positiva. Simplemente digo que el artículo 16 de la Constitución española fue un gran logro, fue un punto de encuentro histórico, y el artículo 27 lo complementó. Los acuerdos Estado español-Santa Sede tienen rango de tratado internacional. Fueron refrendados por las Cortes Generales. Por tanto, lo que se derive de esa aconfesionalidad cooperativa ni son privilegios ni son discriminaciones positivas. Otra cosa son fundamentalismos laicistas que intentan imponer su verdad a costa de la libertad. Y eso, créanme, es muy peligroso y en la historia ha dado muy mal resultado.
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